Desde el viernes 24 de octubre a las 8:00 rige la veda electoral de cara a las elecciones generales del domingo 26. Qué actividades estarán prohibidas y cuáles son los plazos clave del calendario electoral.

La etapa final rumbo a las elecciones generales del 26 de octubre comenzó y con ella se activan las restricciones establecidas por la Justicia Electoral. Desde el viernes 24 a las 8:00, quedará oficialmente prohibida toda actividad proselitista, marcando el inicio del período de veda que busca garantizar una jornada de votación en calma y sin presiones.

Durante 48 horas antes de la apertura de urnas no podrán realizarse actos públicos de campaña, ni difundirse encuestas o sondeos de opinión. También estará vedada la venta de bebidas alcohólicas. El objetivo es dar espacio a una jornada de reflexión para el electorado antes de emitir su voto.

El domingo 26 será el día de las elecciones generales en todo el país. Las mesas abrirán a las 8:00 y cerrarán a las 18:00. Hasta tres horas después del cierre, a las 21:00, seguirá vigente la prohibición de difundir proyecciones o datos sobre los resultados, para evitar influir en la voluntad de quienes aún estén votando.

El escrutinio definitivo comenzará el martes 28 a las 18:00. A diferencia del recuento provisorio, este conteo tiene validez legal y se realiza sobre las actas de cada mesa. Ese mismo día vencerá el plazo para que los partidos presenten reclamos por eventuales irregularidades.

Además, el calendario electoral contempla plazos posteriores. El 25 de diciembre vence el período de 60 días para justificar la no emisión del voto, y el 19 de febrero finaliza el plazo para que las agrupaciones políticas presenten su informe final de gastos e ingresos de campaña.

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